sábado, 11 de diciembre de 2010

Juez no liberó a detenidos por caso EPP pese a que fiscala Quiñónez no presentó pruebas

Por Dionisio Arce Jara (*)
El juez penal de Concepción, Jorge Benítez Ruíz, fue presionado por la Fiscalía General del Estado para no liberar a los detenidos por el secuestro del ganadero Luis Lindstron (1 de agosto de 2008), según el abogado Florencio Díaz Morales, quien precisó que no hay pruebas contra sus defendidos: Rumilda Estela Giménez y a Alcides Ramón Giménez González, Aguedo Ramón Giménez, Mary Blanca Bracho Martínez. El abogado había solicitado la “revocatoria de auto de prisión preventiva” dictada por el juez Benítez Ruíz contra sus defendidos porque el perito del Ministerio Público, Lic. William Román Amarilla, aseguró que no encontró archivos relevantes con la causa en la computadora portátil de Rumilda.
El perito tampoco encontró pruebas para afirmar que los detenidos hayan mantenido “vínculos telefónicos a través de líneas móviles o celulares con los integrantes del EPP”, tal como señala el acta de imputación de la fiscala Quiñónez. La notebook y los celulares fueron incautados de los procesados en los allanamientos realizados el 20 de enero de 2010 luego de la liberación de Fidel Zavala, ganadero secuestrado supuestamente por miembros del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP). 
“Habiendo completado la extracción de datos contenidos en los aparatos celulares, memory, pendriver, notebook, CD, DVD y tarjetas Simcard objeto de esta investigación y satisfechos lo dispuesto por los proveídos obrantes en autos, CON TODA VERACIDAD, FEHACIENTEMENTE Y CONFORME A MI LEAL SABER Y ENTENDER PROFESIONAL (la letra mayúscula es nuestra), informo al Sr. juez, con el debido respeto, que el examen minucioso, analítico y pormenorizado realizado en el curso del presente dictamen pericial informático, el resultado finalmente obtenido es el que se expresa en desarrollo de la contestación a los puntos expuestos”, señala Román Amarilla, quien buscó archivos fotográficos, correos electrónicos y videos en cada uno de estos elementos. Luego de describir el elemento investigado, el perito dice al juez Benítez Ruíz: “no registra datos con respecto a la causa”. 
Celulares, comprados en 2009 
Díaz Morales dijo que el juez Benítez Ruíz ha demostrado su “falta de coraje” y su “sumisión total” a la Fiscalía, ya que no se animó a revocar el auto de prisión que pesa sobre sus clientes. El abogado aseguró que los teléfonos celulares incautados de los detenidos no contenían pruebas de la conexión con supuestos miembros del EPP que secuestraron a Lindstron. Ello es así porque los celulares y chips fueron comprados en el año 2009, mientras que el secuestro del ganadero se produjo el 1 de agosto de 2008. 
Benítez Ruíz, por auto intercolutorio (A.I.) No. 595 del 30 de octubre de 2010, rechaza la solicitud de revocación de prisión y libertad ambulatoria de los defendidos de Díaz Morales. El juez dice que, a pesar de que los peritos Román Amarilla y Jaime Amador Castro Espinoza (contratado por la defensa), aseguraron que no hay pruebas contra los detenidos, no se puede aún considerar “como tajantes las afirmaciones expuestas en el mencionado informe pericial en cuestión”. 
Además de ello, el juez dijo que las declaraciones testificales realizadas ante la Fiscalía se hicieron “sin el juramento de ley, por lo que así son meramente de carácter investigativos y que deberán ser consideradas por parte del Ministerio Público, a los efectos de determinar, dentro del principio de objetividad que debe regir sus actuaciones, si se constituyen en elementos de cargo o descargo en relación a los imputados que nos ocupan”. 
Fiscalía no presentó ningún testigo 
Díaz Morales dijo que es falso que los testigos presentados por la defensa no hayan jurado como manda la ley. Manifestó que 18 personas declararon en la Fiscalía y todas salieron a favor de sus clientes. Por su parte, la Fiscalía no presentó ningún testigo y solo tiene, para justificar la imputación, las supuestas conexiones telefónicas (vía celular) con integrantes del EPP. Sin embargo, esto quedó descargado legalmente debido al resultado negativo de la pericia, según el abogado. 
Benítez Ruíz dice en el A.I 595 que, si hiciera una valoración de los descargos que presentó la defensa en esta etapa del proceso judicial, “estaría desnaturalizando la tarea investigativa que le corresponde al Ministerio Público, que justamente por su parte, ha señalado convenientemente que la sospecha sostenida en la imputación inicialmente formulada, lejos de desvirtuarse se va fortaleciendo con los nuevos datos que se van obteniendo de las diligencias practicadas por su representación pública y que eventualmente podría terminar en una acusación en contra los mismos...(los detenidos)”. 
Sobre el contenido de la resolución, Díaz Morales dijo que el juez de Concepción se presta a los intereses de la Fiscalía, ya que la fiscala Quiñónez no presentó ninguna prueba de la supuesta vinculación de sus clientes con el EPP. Precisó que Benítez Ruíz no es garante de la transparencia del proceso penal, tal como manda las leyes y la Constitución Nacional. 


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