domingo, 3 de enero de 2010

Jueza absuelve a periodista de ABC Color porque asegura que no lesionó derecho de seccionalero


Pedro Benítez Aldana (izq.), secretario general del SPP, Rosendo Duarte y Juan Pio Balbuena, director de semanario Primera Plana de Ciudad del Este, en el Palacio de Justicia.

La jueza Elsa García aseguró en su sentencia del 29 de diciembre de 2009 que el periodista de ABC Color, Rosendo Duarte, queda absuelto de todo reproche legal porque no lesionó los derechos constitucionales del político colorado Marciano Godoy, quien había iniciado una acción judicial contra el colega el 15 de diciembre de 2006 .
El querellante, bajo patrocinio de los abogados Víctor Benítez Rodas y Aurelio Brítez, había solicitado a la justicia se condene al periodista a dos años de cárcel, una pena pecuniaria de 360 días multa y composición de 50 millones de guaraníes por la supuesta comisión de difamación, calumnia e injuria porque ha lesionado su honor y su imagen por medio de informaciones y opiniones publicadas por ABC Color.
La jueza aseguró que Duarte, corresponsal del diario en Salto del Guairá, ha demostrado en juicio que las informaciones publicadas que afectaron a Godoy son ciertas, por lo que no puede penalizar el trabajo de investigación que ha realizado el querellado sobre hechos de corrupción y tráfico de influencia en el que estuvo involucrado el ex presidente de la seccional de esa ciudad.
En una de las tantas publicaciones, el periodista informa que un delincuente asesinado en la zona, Luis Carlos Rando, era protegido de Godoy. La prueba de esta aseveración es la tarjeta personal encontrada por la policía en el bolsillo del occiso. La tarjeta personal de Godoy publicada por ABC dice: “El portador señor Luis Carlos Rando es mi personal. Ruego a los amigos no molestarle sin causa justificada”.
El periodista había informado que el querellante tenía un gran poder al amparo del gobierno de Nicanor Duarte Frutos, por lo que podía inclusive presionar a las autoridades de Salto del Guairá para cambiar a policías que le molestaban en sus supuestos negocios ilícitos.
Una publicación del diario ABC Color, del 29 de abril de 2006 que lleva la firma de Duarte, destaca la denuncia del ex jefe policial Nº 1 del Km. 7 de la ruta a Salto del Guairá, subcomisario Luis María Almada. Este informó que había sido destituido de su cargo por presión de Godoy porque había decomisado 200 kilos de marihuana. La jueza García aseguró que en el expediente se demostró que el seccionalero tenía influencia política porque había reconocido al diario Ultima Hora, según una publicación anterior al caso denunciado por el querellado, que había “ordenado” a un jefe policial para que investigue otro hecho ilícito.
La jueza, quién tomó el caso luego de que el juez Wilfrido Peralta Argüello haya sido recusado por la defensa por haber preopinado, aseguró que el periodista Duarte había probado la verdad de las publicaciones.
García enfatizó la labor de los periodistas y el derecho a la libertad de expresión y de prensa. Manifestó que las publicaciones de ABC que había analizado muestran que las denuncias de Duarte tenían “relevancia pública”, que es el primer requisito, junto con el de la veracidad, para que un periodista o medio tenga un permiso legal y constitucional para ventilar las acciones de una persona trascendente, como lo es Godoy en Salto de Guairá.
La jueza enfatizó que tres requisitos deben tener las informaciones para definir el concepto de interés público y para que el periodista pueda ejercer su derecho a la libertad de expresión y prensa: 1) el medio de discusión en que se encuentra la información; 2) el carácter público o privado de la persona a que se refiere la información y 3; el contenido de la información. El querellado demostró que sus denuncias cumplían con estos requisitos básicos del derecho a la información, según García.


Vea mismo artículo en: www.sindicatodeperiodistas.org.py









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