domingo, 3 de enero de 2010

Empresarios aseguran que la resolución de Conatel generará un "descalabro económico" en radios

El abogado Juan Carlos Cañiza Denis presentó el 29 de diciembre al Tribunal de Cuentas una acción contenciosa administrativa para pedir la anulación de la resolución 1.218/09 de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) sobre legalización y financiación de radios alternativas.
“Esta resolución, aparte de violar también en forma grosera los derechos de igualdad y de libre competencia previstos en los artículos 46 y 107 de la Constitución Nacional, es capaz de generar igualmente un verdadero descalabro en toda la estructura económica que sostiene el funcionamiento de las radioemisoras y canales de televisión de todo el país”, según el abogado.
Esta aseveración es realmente llamativa y, hasta si se quiere, jocosa porque las radios comunitarias tienen solo un alcance de cinco kilómetros, por lo que nunca pueden ser una “competencia” para las radios comerciales. Sin embargo, otra cuestión es la interferencia de las frecuencias de medios habilitados legalmente. Este es otro asunto espinoso que debe resolver la CONATEL de acuerdo a su competencia establecida por la Ley 642/95.
La presentación la hizo en representación de Primero de Marzo AM, Radio Ñanduti, Radio Canal 100, Radio 1000 AM, Radio Conquistador FM, Radio FM MAS de Coronel Oviedo y Canal 13 (Teledifusora Paraguaya SA). Una parte del escrito del abogado señala que la modificación del artículo 28 de la CONATEL es un “acto nulo, ilegítimo y arbitrario por violar el artículo 137 de la Constitución Nacional, que establece la prelación de las leyes en nuestra República, ya que como hemos señalado, dicho reglamento contraría lo dispuesto en la ley de Telecomunicaciones cuyo imperio debía respetar”.
“En efecto, en base a la modificación realizada, los prestadores de este servicio podrán emitir anuncios de entidades públicas y de otras fuentes que sean generados dentro de su área de cobertura. Vale decir que automáticamente, por una resolución de rango inferior de una ley de la Nación, el ente regulador ha convertido a los prestadores de este servicio (radios alternativas) en radios comerciales, ya que en aras de una supuesta necesidad de sustentabilidad económica, se les autoriza a tener fines comerciales, puesto con lo que perciban de la emisión de los anuncios de entidades públicas y privadas podrán sostener su operatividad”, según el escrito de Cañiza Denis.
Las empresas que se oponen a la resolución de CONATEL también critican la eliminación de exigencias burocráticas para legalizar las radios comunitarias. Señala que la institución ahora exige a los responsables de estos medios la presentación de fotocopias simples de sus documentos de identidad, lo que posibilita la entrega de “documentos fraguados”.


Seall dijo que resolución reducirá radios piratas


Además, las empresas están en contra de la eliminación de la exigencia de un certificado oficial de no tener antecedentes penales (ahora la CONATEL solo exige una declaración jurada), por lo que temen que personas con “frondosos antecedentes penales” sean directores de radios alternativas. Tampoco están de acuerdo con la eliminación de la exigencia de no tener “interdicción judicial” y de no adeudar impuestos al Estado.
El director de la CONATEL, Dr. Jorge Seall Sasiain, dijo en una entrevista para nuestra página web que la eliminación de estas exigencias posibilitará la reducción de radios piratas o que operan sin permiso de la entidad. Ello será así porque la enorme burocracia impuesta por gobiernos anteriores forzaba a muchas organizaciones vecinales a operar fuera de las normas, ya que el costo de la legalización es bastante caro. Los papeles que exigía la CONATEL, según artículos de la resolución 898/02, implicaba pagar costos administrativos de instituciones públicas u honorarios profesionales (tasas judiciales, honorario de escribanos y abogados).




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