sábado, 3 de abril de 2010

Contraloría señala que presión social no es causal para comprar tierras de Teixeira sin licitación


Por Dionisio Arce Jara (*)
El contralor Octavio Augusto Airaldi (foto), en dictamen Nº 7.226 del 4 de diciembre de 2009 sobre el proyecto de compra del inmueble del brasileño Ulisses Rodrigues Teixeira, opinó que la presión ejercida por campesinos sin tierras no puede ser tomada como causal de excepción para que el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) compre este inmueble sin licitación pública, tal como establece la Ley 2.051/03, de Contrataciones Públicas.
Una parte de la nota de Airaldi, dirigida al abogado Alberto Alderete Prieto, presidente del Indert, señala: “En cuanto a los motivos para la recomendación de la vía excepcional, se considera que la problemática social representada por campesinos que carecen de tierras, los conflictos sociales derivados del carácter de los reclamos de organizaciones pertenecientes a este sector, así como la necesidad de una respuesta estatal a este problema, son cuestiones de importancia indiscutible, que deben estar proyectadas en el marco de una política agraria integral, en cuyo diseño e implementación el INDERT tiene un papel preponderante. Sin embargo, esta situación no puede ser invocada como causal de excepción del procedimiento de contratación, y mucho menos, puede determinar la necesidad de adquirir una propiedad específica, debido a que solo acredita la necesidad de la compra de tierras, situación que no resulta suficiente para determinar que las tierras ofertadas al INDERT, en el caso analizado, sean las únicas que puedan dar satisfacción a dicha necesidad”.
La Contraloría analiza la aplicación, en el proyecto Teixeira, el “inciso g)” del artículo 33 de la Ley 2.051/03, que determina la causales de compras por la vía de excepción o sin licitación pública. Asegura que “la causal no se encuentra acreditada, ya que la urgencia como presupuesto de aplicación de la vía excepcional, constituye una situación que debe prescindir del accionar de los sectores involucrados en la adquisición, la misma no puede estar motivada en el accionar de los futuros beneficiarios de la adquisición, ya que dicho factor constituye una coacción premeditada por parte de grupos de interés comprometidos en la transacción, menos aún cuando la presión sea ejercida mediante medidas como la ocupación ilegal de tierras”.
En ese sentido, la decisión de compra por parte de la administración debe estar desprovista de elementos coactivos y en ella solo deben ser consideradas situaciones fortuitas que determinen la urgencia, de lo contrario, quedará obligada a considerar las pretensiones de grupos sociales como un factor determinante de la contratación, decisiones que tienen, indiscutiblemente, un carácter contingente. Por otro lado, un elemento que debe acompañar a la urgencia es que ésta debe ser impostergable, en el sentido que no pueda esperarse el resultado de una licitación pública, en este caso, no se verifica la imposibilidad de esperar el resultado del proceso ordinario de licitación pública”, reza otra parte del dictamen del contralor Airaldi.
El contralor Airaldi también criticó al Indert porque no probó que las tierras de Teixeira sean las únicas en la zona que son aptas para el asentamiento de campesinos. El abogado Alderete debió certificar que no hay otros propietarios dispuestos a vender sus tierras al Estado, según Contraloría.

Area silvestre debe ser del Estado

La Contraloría recomendó al Indert que realice una licitación pública para que las ofertas sean las más convenientes al Estado, ya que no están acreditadas las causales de excepción para comprar las tierras de Teixeira por más de G. 156.000 millones de guaraníes, según oferta aceptada por la administración de Alderete. El contralor criticó a este funcionario por el hecho de que había firmado una resolución para realizar una contraoferta (con una forma de pago) al empresario brasileño cuando aún no había enviado los antecedentes legales del proyecto a la Dirección de Contrataciones Públicas.
Además, la Contraloría cuestionó al presidente del Indert porque aprobó el proyecto para asentamiento de campesinos en las tierras de Teixeira cuando ni siquiera había solicitado la venia correspondiente a la Secretaría de Medio Ambiente (SEAM), ya que la propiedad tiene una extensa zona boscosa que debe ser protegida por esta Secretaría.
El contralor dice que los montes vírgenes deben pasar a manos de la SEAM, según Ley 352/94, como área silvestre protegida de dominio público. Es decir, recomendó al Indert no implemente un sistema de “explotación racional” del bosque por parte de los campesinos, tal como había planificado Alderete.

(*) Periodista del diario ABC Color y secretario de Interior del SPP
(1) Dictamen de la Contraloría General de la República sobre proyecto Teixeira


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