jueves, 30 de junio de 2011

Periodista de ABC Color no calumnió ni difamó a Zuni Castiñeira, según juez Aguirre

Por Dionisio Arce Jara (*) 

El juez Manuel Aguirre resolvió hoy sobreseer a la periodista del diario ABC Color, Sandra López (foto), del proceso penal por difamación y calumnia impulsado por la empresaria y política colorada, Zunilda Castiñeira. Esta se sintió agraviada por el comentario realizado por Sandra en el diario el 28 de junio de 2009 bajo el título “Si esto no es tráfico de influencia, ¿qué podría ser?. 
El juez valoró el principio de la libertad de expresión y de prensa consagrado por la Constitución Nacional, ya que el Paraguay necesita de una prensa libre porque vivimos en una democracia “de mala calidad donde los sistemas de control en el ejercicio de las funciones son altamente permeables y con un sistema penal que solo afecta, en la mayoría de los casos, a los excluidos y olvidados de nuestra patria. Es saludable, desde el punto de vista cívico, que exista y se defienda la libertad de expresión”.
Aclaró que este principio constitucional no es dogmático, por lo que en el ámbito jurisdiccional no tiene aplicación “pretoriana”. Manifestó que si se asumiera esta posición, se convertiría a los medios de comunicación y a los periodistas en custodio de bienes y derechos de la ciudadanía. 
Este principio está consagrado en el artículo 26 de la Constitución, que dice “Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines”.
Los periodistas del diario ABC Color, que estuvieron hoy en el Palacio de Justicia, hicieron una peluciar manifestación de protesta contra el intento de  Zuni Castiñeira de castigar con cárcel y multa a la periodista Sandra Lopez, quien ha investigado por varios años a la empresaria.

Periodista no rebasó límite constitucional 
El juez Aguirre también recordó el artículo 28 de la Constitución, sobre el Derecho a Informarse, que dice: “Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime”...”Toda persona afectada por la difusión de una información falsa, distorsionada o ambigua tiene derecho a exigir su rectificación o su aclaración por el mismo medio y en las mismas condiciones que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios”. 
El magistrado dijo que el derecho a la libertad de expresión y de prensa también tiene sus límites. Precisó que la periodista de ABC Color no ha rebasado estos límites porque no ha afectado la honra y reputación de Castiñeira. Aseguró que el artículo de opinión, que contiene también informaciones ya publicadas sobre las actividades empresariales y su vinculación con políticos y gente con poder, se había basado en datos verídicos que la defensa ha probado con documentos. 
El juez dijo que la periodista probó que Castiñeira está relacionada, comercialmente, con COPACO y la empresa WTelecom (GAV Comunicaciones), ex proveedora de la empresa estatal beneficiada con millonarios contratos. Es decir, Sandra demostró que el artículo de opinión estaba basado en datos que fueron contrastados a lo largo de varias publicaciones periodísticas. 
Aguirre dijo que la firma privada depositó en una cuenta privada de la ex modelo G. 6.000 millones, lo que demuestra la “vinculación” señalada por la periodista. El artículo periodístico dice que Zuni tiene mucha influencia en las entidades públicas donde su empresa tiene contratos. 
El juez dijo que la periodista tuvo que haber atacado la honra de Castiñeira si hubiera publicado una información falsa y que lo hacía en forma consciente. Sin embargo, no se dio este presupuesto teniendo en cuenta que ha demostrado “el tráfico de influencia”, concepto que no necesariamente implica un hecho punible, sino habilidad para influenciar en las esferas de poder a favor de sus propios intereses personales. La querella había dicho que la periodista había acusado a Zuni de cometer un hecho castigado por el Código Penal. 
Sandra López acompañada de los periodistas y directores del diario ABC Color
(*) Periodista de ABC Color y Secretario de Interior del SPP
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