miércoles, 30 de noviembre de 2011

Ministerio de Obras usurpa atribución de SETAMA en proyecto de transporte Metrobus

El Ing. Luis Pereira (izq.) fue nombrado Viceministro de Transporte en base a un decreto ilegal firmado por Fernando Lugo. El Ministro Cecilio Pérez Bordón (arriba) sigue la política del ex ministro Efraín Alegre.
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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones está ejerciendo, en forma ilegal y arbitraria, las atribuciones de la Secretaría de Transporte del Area Metropolitana (SETAMA), ya que esta última institución es la que administra el transporte de pasajeros en el área metropolitana, según Ley 1590/00. 
A pesar de ello, el ministro Cecilio Pérez Bordón no tuvo ningún reparo para impulsar el proyecto iniciado por el ex ministro Efraín Alegre, quien logró que el presidente Fernando Lugo firme el decreto 3810 del 14 de enero de 2010. Mediante este decreto inconstitucional, Lugo rehabilitó el Viceministerio de Transporte del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
El Viceministerio había sido anulado por Ley 1590/00, que crea la SETAMA y la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN). Mediante este instrumento ilegal, el MOPC lanzó el proyecto Metrobus Pua'ê Porã en la Expo Feria Rural de julio de 2010. 
El ex asesor jurídico del MOPC, abogado Juan Humberto Báez Infante, había dicho a ABC Color que la Ley 167/93, que establece la estructura y funciones del MOPC, continúa vigente porque la Ley 1590/00, supuestamente, no lo había derogado. “El decreto firmado por el presidente Fernando Lugo dice que la segunda ley “transfiere funciones” del Ministerio a la SETAMA y DINATRAN (sobre fiscalización del sistema del transporte). Sin embargo, asegura que no transfirió funciones del MOPC en cuanto a la formulación de políticas de transporte”. Así dice la nota del diario. 
Interpretación tramposa 
El artículo 45 de la Ley 1590/00 deroga, en forma explícita, la Ley 468 del 8 de noviembre de 1974, que crea la Dirección de Transporte por Carretera. Sin embargo, no hace referencia a las funciones y atribuciones del MOPC en materia de transporte, según lo establece la Ley 167/93, carta orgánica de este Ministerio. La administración Alegre se había “agarrado” de este error, netamente formal de la Ley 1590/00, para decir que el Ministerio sigue siendo el rector del transporte público a nivel nacional. 
Lo que nunca dijeron las autoridades del MOPC es que el artículo 46 de la Ley 1590/00 dice: “Quedan derogadas todas las disposiciones legales que sean anteriores y contradictorias a la presente ley”. Es decir, mediante esta técnica legislativa, la Ley 167/93 fue derogada en lo que atañe a transporte público. El decreto 3810/10 fue emitido mediante una interpretación tramposa de la ley que crea la SETAMA y DINATRAN. Este es el primer y grave error del gobierno de Lugo, quien pretende ser el mandamás en materia de transporte cuando que el Poder Legislativo derivó esta atribución a dos instituciones autónomas. 
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