domingo, 21 de marzo de 2010

Sindicato se solidariza con periodista de Radio Yuty querellado por un candidato a intendente


Esta es la denuncia del periodista César Ferreira y que fuera publicada por el diario ABC Color el 17 de febrero de 2010.
El Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) expresa su solidaridad con el periodista César Ferreira, de Radio Yuty, del Departamento de Caazapá, por la amenaza y acción judicial (difamación y calumnia) que está soportando por parte de un político del lugar, debido un sondeo de opinión que había realizado sobre los futuros candidatos a Intendente de la ciudad.
Entre los nombres mencionados por la audiencia figuraba como principal candidato el del Abogado Benjamín Adaro, quien se sintió “manoseado” porque su nombre apareció en la encuesta telefónica. Recurrió inclusive a los estrados judiciales en contra de Ferreira y el martes 23 se realizará la audiencia de conciliación en el juzgado civil de Caazapá. El SPP seguirá de cerca este caso porque considera que es otro grave atentado contra el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa.
Adaro llamó a Ferreira pidiéndole que borre su nombre de la lista de candidatos y, si no lo hacía, “verá la forma de hacerlo”. El periodista le explicó que era solo un sondeo realizado por iniciativa de la gente, sin buscar herir a nadie y que proseguirá con este tipo de programa.
Posteriormente, Ferreira se comunicó con los principales directivos del SPP, explicando la situación y mencionando que Adaro no cesó en sus amenazas. Nuestra organización, que agrupa a periodistas de todo el país, tiene la obligación de respaldar a los compañeros que realizan actividades informativas de interés para la ciudadanía. Por esta circunstancia, expresamos nuestra solidaridad con el compañero César Ferreira.
El diario ABC Color, versión digital del 17 de febrero de 2010, informó sobre la denuncia realizada por Ferreira bajo el titulo: Político colorado amenaza con "destrozar" a locutor. “Si volvés a mencionar mi nombre y te encuentro por la calle te voy a destrozar me dijo", había dicho Adaro al periodista cuando éste se negó a acatar su exigencia. Esta es la versión difundida por el diario y que sirvió base para que el candidato a Intendente presente una querella criminal.
Sobre el caso, la comisión directiva del SPP señala que la libertad de expresión, el derecho a informarse (de la ciudadanía) y la libertad del ejercicio del periodismo están garantizados por los artículos 26, 28 y 29 de la Constitución Nacional y nadie podrá coartar impunemente el ejercicio de estos derechos.
Adaro pretendió presionar al periodista para que no ejerza su derecho a la libertad de expresión y, por ende, para que los ciudadanos no reciban información sobre la calidad humana, intelectual y perfil político de los candidatos a Intendente. El caso es que Ferreira no podía excluir del sondeo al seccionalero porque, de hecho, implica anular esta iniciativa periodística que es común durante las campañas electorales.
El político colorado, con la presión manifestada contra el periodista y ahora con su querella criminal, está atentando contra artículos de la Constitución Nacional. 
A continuación transcribimos el mandato de la Carta Magna.
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Artículo 26 - DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE PRENSA
Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa.
Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines.
Artículo 28 - DEL DERECHO A INFORMARSE
Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime.Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo.
Toda persona afectada por la difusión de una información falsa, distorsionada o ambigua tiene derecho a exigir su rectificación o su aclaración por el mismo medio y en las mismas condiciones que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios.
Artículo 29 - DE LA LIBERTAD DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
El ejercicio del periodismo, en cualquiera de sus formas, es libre y no está sujeto a autorización previa. Los periodistas de los medios masivos de comunicación social en cumplimiento de sus funciones, no serán obligados a actuar contra los dictados de su conciencia ni a revelar sus fuentes de información.
El periodista columnista tiene derecho a publicar sus opiniones firmadas, sin censura, en el medio en el cual trabaje. La dirección podrá dejar a salvo su responsabilidad haciendo constar su disenso.
Se reconoce al periodista el derecho de autoría sobre el producto de su trabajo intelectual, artístico o fotográfico, cualquiera sea su técnica, conforme con la ley.

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