jueves, 22 de agosto de 2013

Canal 9 no pagó horas extras, feriados ni horarios nocturnos a periodistas

Dando respuesta a una misiva enviada por el SPP, Gustavo Domecq, directivo de Canal 9 afirma que la empresa es la más benévola en cuanto a beneficios para sus funcionarios.
En abierta violación a lo establecido en el Art. 234 del Código del Trabajo, la empresa de televisión SNT Cerro Cora no paga horas extras, ni el recargo correspondiente a los feriados y a los horarios nocturnos a su personal. Así se constató luego de la liquidación que percibieran los periodistas que el 21 de abril pasado trabajaron 10 horas corridas para realizar una cobertura exhaustiva de las elecciones generales. Lo único que percibieron en esa ocasión fue el pago en concepto de viáticos, según denunciaron los afectados. 
Esta situación fue denunciada por los propios empleados del Canal 9 al Sindicato de Periodistas del Paraguay, quien intervino solicitando respuesta sobre estos incumplimientos a los directivos del canal y remitiendo para ello un dictamen previamente solicitado al Ministerio de Justicia y Trabajo sobre lo que corresponde que abone la patronal en concepto de remuneraciones adicionales. El documento se adjunta a esta nota.

Cabe detallar que todo el plantel del canal fue convocado para la jornada de trabajo del 21 de abril pasado para las 4 am, o sea en horario nocturno, un día feriado, el que además trabajaron horas extras. El día de las elecciones trabajaron once (11) camarógrafos, quienes a la vez fungen de choferes; cuatro (4) productores, cuatro (4) editores y cuatro (4) técnicos. Además dieciséis (16) periodistas, entre cronistas de planta y de exteriores. Todo lo que percibieron los periodistas fue G 200 mil en concepto de viáticos, según denunciaron.

Respuesta
Los directivos del Canal 9 SNT Cerro Cora elevaron una carta al SPP, firmada por Gustavo Domecq, en la que no responden el punto cuestionado sobre sus obligaciones legales y en aparente tono de justificación esgrimen que la empresa es la más benévola del mercado en cuanto a su escala de viáticos y que ninguna otra ofrece los beneficios adicionales que el canal ofrece a sus funcionarios.
Nota remitida por el SNT al SPP
Entre los supuestos beneficios, la carta menciona que SNT Cerro Cora es la única que ofrece becas universitarias en un 100% a sus empleados, uniformes en un 100%, transporte gratis durante la primera hora de trabajo y durante la cobertura de eventos especiales nocturnos. Es también, según su misiva, la que mejor salario paga entre las empresas de televisión de aire.
Sin embargo, los empleados denunciantes sostuvieron que estos beneficios no son tales o no se cumplen a cabalidad. Según un periodista, que reservó su identidad para evitar persecuciones, señaló que las becas universitarias no se pagan hace más de un año; que el transporte es parte del trabajo; que en los viajes al interior no se computan las horas extras; que no se contemplan las necesidades de peluquería y maquillaje de los cronistas; que las mujeres deben pagarse por sí mismas los tratamientos del pelo, pese a que su buena imagen es una exigencia no negociable para el trabajo que hacen; que en más de una oportunidad tuvieron que rechazar los uniformes que querían darles porque eran impresentables; entre otras repetidas irregularidades.

No es capricho, es ley
En la misiva mediante la cual responden nuestro pedido de aclaración, el directivo de Canal 9 SNT Cerro Cora manifiesta que le resulta llamativo que hagamos los reclamos correspondientes por los incumplimientos de la empresa, sin embargo, creemos pertinente recordar, tanto al Sr. Domeqc como a toda la patronal en general que, el Art. 234 del Código del Trabajo señala que las horas extraordinarias de labor deberán ser pagadas con un 50% por sobre el salario convenido para la jornada ordinaria como mínimo; que el trabajo nocturno será pagado un 30% sobre el salario ordinario fijado para el trabajo diurno; que las horas extraordinarias nocturnas serán pagadas con recargo del 100% sobre el salario hora ordinaria y que las horas trabajadas en días feriados serán pagadas con recargo del 100% sobre el salario hora ordinaria de día hábil.
Empresa de televisión denunciada por sus funcionarios. Gentileza E'a. 
Por tanto, cabe aclarar que no es un capricho de los representantes de este sindicato hacer el debido reclamo a la patronal que está incumpliendo sus obligaciones, sino que se trata de una reivindicación genuina que exige el cumplimiento de lo que dicta la ley. Además, es pertinente subrayar que en estos mismos términos se han referido las autoridades del trabajo, dictamen mediante.
El Sindicato de Periodistas del Paraguay recuerda, en este contexto, que continuará velando por el cumplimiento de las garantías y derechos conquistados por los trabajadores y trabajadoras, y que reivindicará incansablemente que, sin el cumplimiento celoso de las obligaciones que tiene la patronal para con sus trabajadores de prensa, difícilmente podrán garantizar a la sociedad su derecho constitucional de acceder a una información ecuánime, veraz y responsable. 

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